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¿Quiénes pueden solicitar el Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL?
Puede solicitar la Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL, persona natural con servicios públicos que haya laborado en hospitales liquidados (Buenaventura, Sevilla y Cartago) y en entidades públicas del Departamento del Valle del Cauca.
¿Para qué se expide la Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL?
La Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL, se expide por la no cotización de tiempos laborados antes del 1995.
¿Cuáles son los requisitos para la expedición de la Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL?
Los requisitos para la expedición de la Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL son: Ser mayor de edad, haber estado vinculado laboralmente en el sector de Departamento del Valle del Cauca, diligenciar completamente el formato de solicitud de expedición de certificados (FO-M8-P3-06) y anexar la fotocopia de cedula de ciudadanía legible.
NOTA: para la solicitud de CETIL por un tercero, se debe contar con el poder del solicitante, fotocopia de cedula del apoderado y fotocopia de cedula de la persona a la cual se le va a expedir el CETIL.
¿Qué costo tiene la expedición de la Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL?
Para la expedición de la Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL, No tiene ningún costo y tampoco requiere de estampilla.
¿En dónde se radica la solicitud de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL?
La solicitud de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL, se radica en ventanilla Única de la Gobernación del Valle del Cauca.
Cuáles son los Requisitos para la solicitud de certificado de pensión, no pensión y certificado de salarios y/o factores salariales?
- Diligenciar completamente el formato de solicitud de expedición de certificados (FO-M8-P3-06)
- Presentar fotocopia de cedula de ciudadanía y comprobante de pago de las estampillas correspondientes.
- También se puede realizar la solicitud a través del correo electrónico de pasivo pensional pasivopensional@valledelcauca.gov.co, adjuntando los documentos anteriormente mencionados.
¿Cómo es el proceso de entrega de desprendibles de nómina para pensionados?
Para la solicitud de entrega de desprendibles de nómina para pensionados se debe tener en cuenta que el pensionado no haya laborado en secretaria de salud ni en la secretaria de educación, una vez haciendo esa aclaración, debe acercarse personalmente con la cedula de ciudadanía original a la Ventanilla Única de la Gobernación de Valle del Cauca – casilla Número 13.
Nota: en caso de que lo solicite un tercero. Debe de contar con un poder o autorización del titular.
¿Cuál es la oferta institucional que la Gobernación del Valle del Cauca tiene para la población víctima del conflicto armado?
La administración departamental cuenta con un plan de acción territorial que contiene toda la oferta social para la asistencia, atención y reparación integral de las víctimas. La vigencia de este plan de acción es de cuatro (4) años, en concordancia con los períodos de gobierno de las administraciones locales. Para conocer en detalle la oferta de disponible y acceder a las diferentes convocatorias para las víctimas del Conflicto Armado se recomienda estar atento a las publicaciones en medios de comunicación y redes sociales que realiza la Gobernación del Valle del Cauca y sus diferentes Secretarías. De igual forma, puede remitir su solicitud o consulta a través de los diferentes canales de comunicación establecidos: Línea de atención ciudadana PBX: +57 (602) 620 00 00. Línea Gratuita Nacional: +57 01-8000972033. Correo electrónico: contactenos@valledelcauca.gov.co. Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación: Teléfono:(602)6200000 Extensión 1131.Correo electrónico: pazterritorial@valledelcauca.gov.co Pagina Web https://www.valledelcauca.gov.co/ Redes Sociales: X @GobValle; Facebook @GobValle; Youtube VideosGobVallegobvalle; Instagram @gobvalle.
¿Cuándo obtendré la indemnización por ser víctima del conflicto armado?
La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas administra los recursos destinados a la indemnización por vía administrativa velando por el cumplimiento del principio de sostenibilidad. La estimación del monto de la indemnización por vía administrativa se basa en la naturaleza y el impacto del hecho victimizante, el daño causado y el estado de vulnerabilidad actual de la víctima, desde un enfoque diferencial. Procedimiento para la solicitud de indemnización. Las personas que hayan sido inscritas en el Registro Único de Víctimas pueden solicitarle a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, la entrega de la indemnización administrativa a través del formulario que esta disponga para el efecto, sin que se requiera aportar documentación adicional salvo datos de contacto o apertura de una cuenta bancaria o depósito electrónico. Desde el momento en que la persona realiza la solicitud de indemnización administrativa se activará el Programa de Acompañamiento para la Inversión Adecuada de los Recursos de que trata el presente decreto. La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas entrega la indemnización administrativa en pagos parciales o un solo pago total atendiendo a criterios de vulnerabilidad y priorización. Para el pago de la indemnización administrativa la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas no deberá sujetarse al orden en que sea formulada la solicitud de entrega, sino a los criterios contemplados en desarrollo de los principios de progresividad y gradualidad para una reparación efectiva y eficaz. Para solicitar información sobre el avance de su proceso de indemnización puede asistir al centro de atención más cercano a su lugar de residencia o puede comunicarse a través de los canales establecidos por esta entidad. LÍNEA GRATUITA NACIONAL 018000911119. LÍNEA DE ATENCIÓN (601) 426 1111. CORREO ELECTRÓNICO SERVICIOALCIUDADANO@UNIDADVICTIMAS.GOV.CO. https://www.unidadvictimas.gov.co/es/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/
¿Cómo puedo acceder a la ayuda humanitaria por ser víctima del conflicto armado?
La ayuda humanitaria está destinada de forma exclusiva a mitigar la vulnerabilidad derivada del desplazamiento, de manera tal que esta complemente y no duplique la atención que reciba la población víctima del desplazamiento forzado. Esta ayuda puede ser de tres tipos: 1. Ayuda humanitaria inmediata (A cargo de Municipios y Distritos): La entidad territorial receptora de la población víctima de desplazamiento, debe garantizar los componentes de alimentación, artículos de aseo, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina y alojamiento transitorio, mientras se realiza el trámite de inscripción en el Registro Único de Víctimas. 2. Ayuda humanitaria de emergencia (A cargo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas): Entrega los componentes de alimentación, artículos de aseo, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina y alojamiento transitorio a la población incluida en el Registro Único de Víctimas, cuyo hecho victimizante haya ocurrido dentro del año previo a la declaración. 3. Ayuda humanitaria de transición (A cargo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas): Se brinda a la población víctima de desplazamiento incluida en el Registro Único de Víctimas, cuyo desplazamiento haya ocurrido en un término superior a un año contado a partir de la declaración y que, previo análisis de vulnerabilidad, evidencie la persistencia de carencias en los componentes de alimentación y alojamiento como consecuencia del desplazamiento forzado. Esta ayuda cubre los componentes de alimentación, artículos de aseo y alojamiento temporal. Para solicitar Ayuda Humanitaria en alguna de esta modalidades debe asistir al centro de atención más cercano a su lugar de residencia o a la oficina encargada de la Atención a Víctimas del Conflicto Armado de su municipio. LÍNEA GRATUITA NACIONAL 018000911119. LÍNEA DE ATENCIÓN (601) 426 1111. CORREO ELECTRÓNICO SERVICIOALCIUDADANO@UNIDADVICTIMAS.GOV.CO. https://www.unidadvictimas.gov.co/es/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/
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