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¿Como mujer que apoyo me pueden brindar?

 Las políticas, planes, programas y proyectos de la Secretaría de Mujer están dirigidos a mujeres y hombres.
Para las mujeres tenemos la Ruta de Atención a los casos de violencia de género y trabajamos con entidades como la Policía, Fiscalía, Procuraduría, Personería, Comisarías de Familia, Alcaldías, ICBF entre otras, con el fin de garantizar la oportuna protección a las denunciantes de violencia de género.

¿Cómo hago para denunciar un caso de maltrato en el hogar?

 

 

La falta de denuncia responde, en muchas ocasiones, a factores como el desconocimiento que tienen las víctimas del maltrato sobre las instancias a las que pueden acudir para solicitar ayuda.

 

En ocasiones también se justifican o naturalizan comportamientos y actitudes violentos que no se reconocen como tal.

 

A partir de la Ley 1257 del 2008, se abrió paso a la implementación de diversos mecanismos para dar a conocer a las autoridades judiciales los hechos constitutivos de violencia para que, con una oportuna intervención, cese dicha situación.

¿Qué se entiende como maltrato o violencia?

  

 

 

Es toda conducta (acción u omisión) que cause, o amenace con causar, muerte, daño o sufrimiento, ya sea físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, incluyendo conductas como la privación arbitraria de la libertad, la retención de documentos personales de miembros de la familia o la imposición de conductas.

 

Para poder detectar las conductas que constituyen violencia, debe estar alerta a conductas que ocasionen:

 

● Daño psicológico: degradación, humillación, aislamiento o el control sobre decisiones de otras personas, por medio de la manipulación, intimidación o amenazas. También incluye cualquier otra conducta que implique un perjuicio en la salud psicológica, la autodeterminación o el desarrollo personal.

 

● Daño físico: disminución o riesgo de disminución a la integridad corporal de la persona.

 

● Daño sexual: es todo lo que resulte de obligar a una persona a mantener una relación (sexual, física o verbal), con el agresor o con un tercero, mediante el uso de la fuerza, intimidación, chantaje, soborno, manipulación o cualquier situación de límite su voluntad personal.

 

● Daño económico: cualquier mecanismo que use una persona para ejercer completo control sobre los recursos económicos de otra, haciendo que la víctima dependa financieramente de él.

 

● Daño patrimonial: pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o económicos destinados a satisfacer las necesidades de la víctima.

¿Quiénes pueden ser víctimas de maltrato en el hogar?

 

 

Por lo general se tiene la imagen de que las víctimas suelen ser las mujeres o los niños, algo que corresponde con el objetivo principal de la Ley 1257 del 2008, pero la realidad es que los hombres y la población LGTBI también pueden ser víctimas de estas circunstancias.

 

Se entiende que cualquier persona con la que se conviva o se mantenga un nexo sentimental o familiar, incluyendo a los padres, hijos, la pareja, primos, etc. pueden ser víctimas.

 

¿Quiénes pueden denunciar?

 

 

A partir de la Ley 1257 del 2008 se determinó que todo aquel que conozca sobre alguna de estas situaciones está en la obligación de denunciarlo para darle el seguimiento correspondiente. No tiene que ser la víctima o un familiar, pueden ser los vecinos, amigos, etc.

 

¿Dónde se puede denunciar?

 

 

Cuando sea víctima de violencia, el primer lugar al que puede acudir es la Comisaria de Familia de su localidad, donde debe describir su situación para que un profesional la asesore y, de ser necesario, aplique medidas inmediatas para proteger a la víctima.

 

También puede acudir a la Fiscalía, al Centro de Atención Penal Integral, a un Juzgado Civil Municipal o Promiscuo Municipal.

¿Qué se está haciendo por la mujer y las personas LGTBI en la cuarentena por el coronavirus?

Línea de Fortalecimiento a la Ruta de Atención y Denuncia de las Violencias Basadas en Género, de acuerdo con las restricciones existentes, después de la puesta en marcha del aislamiento preventivo por COVID19,:

Para a atención inmediata de casos de violencia contra la mujer y Población Diversa, personas que hacen parte de los Sectores Sociales LGBTI y con Orientaciones Sexuales e Identidades de Género Diversas, los municipios cuentan con las siguientes líneas de atención:

• Línea 155 de la Policía Nacional para la orientación a mujeres víctimas de violencia.

• Línea 122 o 01800919405 para interponer denuncias ante la Fiscalía General de la Nación.

• Línea 141de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para dar a conocer casos de violencia contra niños, niñas y adolescentes.

• Línea 106 “Estamos con vos” para orientación a víctimas. Están habilitadas las 24 horas del día y son de carácter gratuito, en ellas pueden ser atendidas las víctimas de forma directa o puede llamar también cualquier persona que tenga conocimiento sobre los hechos de violencia que vive una mujer o persona del sector social LGBTI.

Toda persona que conozca de un hecho de violencia contra la Mujer o persona de la población Diversa, tiene la obligación de informar a la autoridad competente, incluso de manera anónima (Ley 1542 de 2012).

Para los casos de violencia contra la mujer y población diversa, de los Sectores Sociales LGBTI y con Orientaciones Sexuales e Identidades de Género Diversas, que vivan en una comunidad indígena, es el gobernador o gobernadora del cabildo quien recibe la información del caso y activa las acciones internas pertinentes.

Para brindar atención en salud a las víctimas durante la cuarentena nacional: La estabilización de las condiciones físicas y psicológicas de las víctimas está a cargo de las IPS que tengan presencia en los municipios del Valle. En casos de violencia sexual se debe activar el respectivo Código Fucsia (Modelo de Atención Integral en Salud para víctimas de violencia sexual) de manera inmediata. 

¿Los trámites de inscripción, traslados, trasferencias y matrícula tienen algún costo para colegios oficiales?

No, la solicitud, de inscripciones, asignación de cupo, traslados, y matrícula son totalmente gratuitos.

De igual forma, el proceso de matrícula es transparente y no requiere de intermediarios; los funcionarios públicos son transparentes.

En ese sentido, si desea presentar una queja, petición o reclamo, lo puede hacer ingresando al sistema de atención al ciudadano de la Secretaria de Educación Departamental para los municipios no certificados, en el siguiente link: www.valledelcauca.gov.co/educacion SAC.

¿A que hace referencia la palabra TIC?

hace referencia a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 

¿Que es la industria 4.0?

El concepto de Industria 4.0 fue mencionado por primera vez en la feria de Hannover (feria dedicada a la tecnología industrial) de 2011, el cual se refiere a una nueva etapa de la revolución industrial que se caracteriza por la interconectividad, la automatización, el aprendizaje automatizado, big data entre otros para crear un ecosistema más holístico y menjor conectado para las compañias que se enfocan en la manofactura y la administración de la cadena de suministro global.



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