Funciones y Deberes de la Gobernación del Valle del Cauca
Objetivo
La Gobernación del Valle del Cauca tiene como fin primordial servir a la comunidad, promover la prosperidad general en procura del desarrollo integral de quienes habitan el territorio, preservar los valores morales, culturales y patrimoniales, buscar el desarrollo de su territorio, el rescate y fortalecimiento de los bienes del departamento y todo lo que tenga que ver con la satisfacción de sus necesidades socioeconómicas que garantice el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del territorio.
Funciones Generales de la Administración Departamental
La función administrativa de la Gobernación del Valle del Cauca estará al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Para el cumplimiento de sus competencias la administración departamental podrá ubicar puntos de atención poli funcionales en sitios estratégicos del departamento, que integren servicios y competencias requeridos por los ciudadanos.
Corresponde a la administración departamental cumplir las funciones constitucionales y legales que a continuación se detallan:
1. Interpretar la voluntad soberana de sus habitantes en el marco de la Constitución, la ley, la ordenanza y el reglamento y asumir la debida consecuencia con sus mandatos.
2. Cumplir funciones y prestar servicios del orden nacional, o coordinar su cumplimiento y prestaciones las condiciones que se prevea en las delegaciones que reciban y los contratos o convenios que para el efecto se celebren.
3. Promover y ejecutar en cumplimiento de los respectivos planes y programas nacionales y departamentales, actividades económicas que interesen al desarrollo departamental y al bienestar de los habitantes.
4. Planificar y orientar las políticas de desarrollo y de prestación de servicios públicos en el departamento y coordinar su ejecución con los municipios.
5. Promover, financiar o cofinanciar proyectos nacionales, departamentales o municipales de interés departamental.
6. Administrar los recursos cedidos por la nación, atendiendo su destinación legal cuando la tengan.
7. Promover la armonización de las actividades de los municipios entre sí, con el departamento y la nación.
8. Asesorar y prestar asistencia técnica, administrativa y financiera a los municipios y a las instituciones de prestación de servicios para el ejercicio de las competencias asignadas por la ley, cuando a ello haya lugar.
9. Realizar el seguimiento y evaluación de la acción de los municipios y de la prestación de servicios a cargo de estos e informar los resultados de la evaluación y seguimiento a la nación, autoridades locales y a la comunidad.
10. Promover y fomentar la participación de las entidades privadas, comunitarias y sin ánimo de lucro en la prestación de los servicios que deben prestarse en el departamento.
11. Organizar y dirigir lo relacionado con el transito y el transporte y adelantar la construcción y la conservación de todos los componentes de la infraestructura de transporte que le corresponda.
12. Desarrollar y ejecutar programas políticas para el mantenimiento del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
13. Coordinar y dirigir con la colaboración de las Corporaciones Autónomas regionales, las actividades de control y vigilancia ambientales intermunicipales, que se realicen en el territorio del departamento.
14. Organizar sistemas de coordinación de las entidades prestadoras de servicios públicos y promover, cuando razones técnicas y económicas lo aconsejen, la organización de asociaciones de municipios para la prestación de servicios públicos, o la celebración de convenios para efectos del mismo.
15. Coordinar acciones entre los municipios orientadas a desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre en el territorio departamental.
16. Coordinar acciones entre los municipios orientadas a desarrollar programas y actividades que permitan fomentar las artes en todas sus expresiones y demás manifestaciones simbólicas expresivas.
17. Apoyar con recursos la labor que realiza la fuerza pública en su jurisdicción.
18. Preservar y mantener el orden público en su jurisdicción atendiendo las políticas que establezca el Presidente de la Republica.
19. Participar en la promoción del empleo y la protección de los desempleados.
20. Concurrir en la financiación de las inversiones necesarias para la organización funcional y administrativa de la red de instituciones prestadoras de servicios de salud, la educación y demás servicios públicos que demande el departamento conforme a las competencias asignadas.
21. Colaborar con las autoridades competentes en la ejecución de las tareas necesarias para la conservación del medio ambiente y disponer lo que requiera una adecuada preservación de los recursos naturales.
22. Velar por la preservación del territorio departamental y sus riquezas naturales, a fin de que ellos sirvan y beneficien a todos los habitantes, asegurando el progreso sin perjuicio de las intervenciones que para efecto de su explotación, usos, distribución, utilización y consumo disponga la ley.
23. Administrar los asuntos del territorio departamental y prestar los servicios públicos que determine la ley.
24. Ordenar el desarrollo del territorio y determinar la ejecución de los planes, programas y proyectos que demande el progreso del departamento.
25. Cumplir las demás funciones administrativas y prestar los servicios que le señale la constitución y las leyes.
Decreto 1138 2016